Aplicable solo para proveedores de México
GetYourGuide ha aplicado un IVA mexicano del 16 % a la comisión que cobra a los proveedores de tours mexicanos. Este cambio entra en vigor a partir de la factura de febrero de 2023. GetYourGuide está obligado a hacerlo en virtud del código fiscal mexicano establecido en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
P. ¿Por qué GetYourGuide aplica un 16 % a la comisión que me cobra por el uso de su plataforma?
R. Como proveedor de servicios digitales en México, debemos cumplir estrictamente todos los aspectos de la legislación fiscal mexicana. Uno de esos aspectos es que estamos obligados a aplicar un 16 % de IVA a la comisión que cobramos a los proveedores por el uso de nuestra plataforma
El IVA abonado se puede deducir en la declaración del IVA. Para ello, debes ponerte en contacto con tu contable o con la agencia tributaria si necesitas asesoramiento sobre cómo solicitarlo. Debes conservar todas las facturas que te enviemos como prueba de que se ha aplicado el IVA.
P. El IVA ya está incluido en el precio del ticket, ¿por qué GetYourGuide vuelve a aplicar el IVA?
R. Cuando un cliente reserva un ticket para un tour en nuestra plataforma, se considera que la transacción tiene lugar entre tú y el cliente a efectos del IVA.Cuando GetYourGuide cobra una comisión a los proveedores por utilizar la plataforma, se trata de una transacción completamente independiente y se debe aplicar el IVA.
El SAT espera que recaudes el IVA de tus reservas y que se lo pagues en tu declaración del IVA. Del mismo modo, el SAT espera que GetYourGuide recaude el IVA sobre su actividad económica y se lo pague a través de la declaración del IVA.
P. ¿Es suficiente la factura de GetYourGuide para reclamar el importe de IVA soportado en mi declaración del IVA?
R. Sí, nuestros asesores profesionales en la Ciudad de México han revisado la factura mensual que GetYourGuide proporciona a sus proveedores y han confirmado que cumple con todos los requisitos del SAT.Como proveedor no residente de servicios digitales en México, nuestras facturas no están obligadas a contener los elementos que son obligatorios para una factura mexicana válida (sellos del SAT, códigos QR).
P. No tengo RFC, ¿puedo seguir publicando tours en la plataforma de GetYourGuide?
Debes proporcionar un RFC para poder publicar tours en nuestra plataforma. Si tienes alguna pregunta sobre cualquiera de los puntos anteriores, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
Referencias legislativas
| Consultas | Referencias legislativas | Obligación | Enlace |
|---|---|---|---|
| Disposición | |||
| IVA para empresas (en concreto, en referencia al IVA que GetYourGuide aplica al proveedor) | Disposición 18-D, sección IV de la LIVA (Ley del Impuesto al Valor Agregado) | Calcular en cada mes natural el impuesto sobre el valor añadido, aplicando la tasa del 16 % a la recaudación total (comisiones cobradas a los socios) durante el mes y realizar el pago a más tardar el día 17 del mes siguiente. | |
| Retención del IVA para personas físicas | Disposición 18-J, sección II, artículo a) de la LIVA | Al recaudar la tasa y el impuesto sobre el valor añadido relacionados con las operaciones de intermediación en nombre del proveedor de servicios, GetYourGuide deberá: | |
| Retener a las personas físicas que prestan servicios el 50 % del impuesto sobre el valor añadido cobrado. | |||
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Retención del IVA para personas físicas Disposición 18-J, sección II, artículo a) de la LIVA Al recaudar la tasa y el impuesto sobre el valor añadido relacionados con las operaciones de intermediación en nombre del proveedor de servicios, GetYourGuide deberá: Retener a las personas físicas que prestan servicios el 50 % del impuesto sobre el valor añadido cobrado. En el caso de aquellas personas físicas que no proporcionen el código RFC, la retención será del 100 % del impuesto sobre el valor añadido cobrado. | |||
| Retención del ISR para personas físicas | Disposición 113-A, sección III de la LIR (Ley del Impuesto sobre la Renta) |
Los contribuyentes individuales con actividades comerciales que venden bienes o prestan servicios a través de plataformas digitales están obligados a pagar el impuesto sobre la renta. El impuesto se pagará mediante retenciones que efectuarán las personas jurídicas residentes en México o en el extranjero, con o sin establecimiento permanente en México, que proporcionen el uso de las plataformas digitales. Impuesto de sociedades del 1 % del importe de la operación - Prestación de servicios. |