Aplicable sólo para proveedores mexicanos
GetYourGuide ha aplicado el IVA mexicano del 16 % a la comisión que obtiene de los proveedores de tours mexicanos. Este cambio entra en vigor a partir de tu factura de febrero de 2023, y GetYourGuide está obligado a aplicarlo en virtud con el código fiscal mexicano establecido en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
P. ¿Por qué GetYourGuide aplica un 16 % a la comisión que me cobra por el uso de su plataforma
R. Como proveedor de servicios digitales en México, debemos cumplir estrictamente todos los aspectos de la legislación fiscal mexicana. Uno de esos aspectos es que estamos obligados a aplicar el 16 % de IVA a la comisión que cobramos a los proveedores por el uso de nuestra plataforma
Este IVA abonado puede deducirse en tu declaración del IVA, y debes ponerte en contacto con tu servicio contable o con la oficina tributaria correspondiente si necesitas asesoramiento sobre cómo reclamarlo. Debes conservar todas nuestras facturas como prueba de que se ha soportado el IVA.
P. El IVA ya está incluido en el precio del ticket, ¿por qué GetYourGuide vuelve a aplicar el IVA?
A. Cuando un cliente reserva un ticket para un tour en nuestra plataforma, se considera que la transacción tiene lugar entre tú y el cliente a efectos del IVA. Cuando GetYourGuide cobra una comisión a los proveedores por utilizar la plataforma, se trata de una transacción completamente independiente y debe aplicarse el IVA.
El SAT espera que apliques el IVA en tus reservas y lo pagues en tu declaración del IVA. Del mismo modo, el SAT espera que GetYourGuide recaude el IVA de su actividad económica y se lo ingrese a través de nuestra declaración de IVA.
P. ¿Es suficiente la factura de GetYourGuide para reclamar el importe de IVA soportado en mi declaración del IVA?
R. Sí, nuestros asesores profesionales en la Ciudad de México han revisado la factura mensual que GetYourGuide proporciona a sus proveedores y han confirmado que cumple con todos los requisitos del SAT. Como proveedor no residente de servicios digitales en México, nuestras facturas no están obligadas a contener los elementos que son obligatorios para una factura mexicana válida (sellos del SAT, códigos QR).
P. Estoy registrado a efectos del IVA como persona física, ¿cómo me afectan estos cambios?
R. GetYourGuide debe aplicar retenciones cuando trabaje con proveedores que estén registrados a efectos del IVA como personas físicas. Las retenciones aplicables son las siguientes
- IVA - 8 % del total de reservas realizadas en la plataforma
- ISR- 1 % del total de reservas realizadas en la plataforma
Podrás disponer de este IVA e ISR como créditos en tus declaraciones de IVA e ISR.
Si estás inscrito en el IVA como persona física, a partir de diciembre de 2024 emitiremos CFDI por estos importes, lo que te permitirá hacer las reclamaciones correspondientes.
P. No tengo RFC, ¿puedo seguir publicando tours en la plataforma de GetYourGuide?
Debes proporcionar un RFC para poder publicar tours en nuestra plataforma. Si tienes alguna pregunta sobre cualquiera de los puntos anteriores, no dudes en ponerte en contacto con nosotros en tax.team@GetYourGuide.com
Referencias legislativas
Consultas |
Referencias legislativas |
Obligación |
Enlace |
---|---|---|---|
Disposición |
|||
IVA para empresas (concretamente en referencia al IVA que GetYourGuide aplica al proveedor) |
Disposición 18-D, sección IV de la LIVA (Ley dLey del Impuesto al Valor Agregado) |
Calcula en cada mes natural el Impuesto sobre el Valor Agregado, aplicando el tipo del 16 % a la recaudación total (comisiones cobradas a los socios) durante el mes y realiza el pago a más tardar el día 17 del mes siguiente. |
|
Retención del IVA para particulares |
Disposición 18-J, sección II, artículo a) de la LIVA |
Al recaudar la tasa y el impuesto sobre el valor agregado relacionados con las operaciones de intermediación en nombre del proveedor de servicios, GetYourGuide deberá: |
|
Retener a las personas físicas que presten servicios el 50 % del Impuesto sobre el Valor Agregado aplicado. |
|||
Retención del IVA para personas físicas, Disposición 18-J, sección II, artículo a) de la LIVA Al recaudar la tasa y el impuesto sobre el valor agregado relacionados con las operaciones de intermediación en nombre del proveedor de servicios, GetYourGuide deberá: Retener a las personas físicas que presten servicios el 50 % del Impuesto sobre el Valor Agregado aplicado. En el caso de las personas físicas que no proporcionen el código RFC, la retención será del 100 % del impuesto al valor agregado aplicado. |
|||
Retención del ISR para personas físicas |
Disposición 113-A, Sección III de la Ley del Impuesto sobre la Renta |
Las personas físicas contribuyentes con actividades empresariales que vendan bienes o presten servicios a través de plataformas digitales están obligados a pagar el impuesto sobre la renta. El impuesto se pagará mediante la retención que efectuarán las personas jurídicas residentes en México o en el extranjero con o sin sede permanente en México, que proporcionen el uso de las plataformas digitales. |